Facebook
  • +00 34 958 301230
  • ayuntamiento@monachil.es

    Cuenta a Medida - Diputación de Granada - Servicio Provincial Tributario, pulsa para ver...

    Descárgate el documento para solicitarlo: 

    ORDENANZA FISCAL GENERAL DE DE GESTIÓN TRIBUTARIA, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN DE LA EXCELENTÍSIMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA

    Art. 82 Bis.- modalidad de fraccionamiento “Cuenta a Medida” en el Servicio Provincial Tributario.

    1. Bajo la denominación de “Cuenta a Medida”, el Servicio Provincial Tributario, organismo Autónomo de la Diputación para la aplicación de tributos locales en la provincia, podrá gestionar esta modalidad de fraccionamiento siempre referido a deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, y cuyo pago total se produzca en el mismo ejercicio de su devengo, en los que no se exigirá interés de demora, de conformidad con lo establecido en el Art. 10 segundo párrafo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
    1. La “Cuenta a Medida” es un fraccionamiento especial para el pago de recibos que permite efectuar ingresos periódicos de la deuda anual estimada correspondiente a los siguientes recibos por tributos de cobro periódico y notificación colectiva:
    1. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
    2. Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
    3. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
    4. Tasa por recogida de Basuras.
    5. Tasa por suministro domiciliario de agua.
    6. Tasa por Vados.
    1. Los plazos de la “Cuenta a Medida” entre los que tendrá que optar el solicitante son: hasta once mensualidades siendo la última en noviembre, hasta 5 bimensualidades siendo la última en octubre, hasta cuatro trimestres con vencimiento el último en el mes de noviembre y hasta tres cuatrimestres con vencimiento el último en el mes de noviembre. Todas las fracciones serán del mismo importe excepto la última que se calcula conforme al procedimiento del apartado 6.
    1. Los requisitos para solicitar este fraccionamiento especial son:
    1. El obligado tributario deberá ser una persona física.
    2. El obligado tributario no deberá tener deuda pendiente de pago en periodo ejecutivo con el Servicio.
    3. El importe estimado total de la deuda en periodo voluntario por uno, varios o todos, según solicite el deudor, de los tributos señalados en el punto 2, debe ser superior a 350,00 €. Dicho importe se calculará tomando como referencia los datos por año anterior al de solicitud de la “Cuenta a Medida”, incluyendo los beneficios fiscales que correspondan.
    4. En todo caso el pago del fraccionamiento estará domiciliado en una única cuenta corriente titularidad del deudor en Entidad Bancaria de Depósito.
    1. Solicitud: El deudor interesado en solicitar la “Cuenta a Medida”, deberá presentar la solicitud en modelo oficial con una antelación mínima de un mes a la fecha que deba producirse el primer pago. La “Cuenta a Medida” se entenderá automáticamente concedida a partir de la presentación de la solicitud en legal forma, si reuniendo todos los requisitos regulados en este artículo no fuera expresamente denegada por el Servicio Provincial Tributario.
    1. Fracciones: De conformidad con los antecedentes obrantes en el Servicio Provincial Tributario, la Administración realizará una estimación del importe que el interesado debe de pagar en cada fracción. El importe del último plazo estará constituido por la diferencia entre la cuantía de los recibos correspondientes al año en curso y las fracciones pagadas en los plazos anteriores.
    1. En cualquier momento el deudor podrá pagar el importe de las cuotas por los tributos integrados en la “Cuenta a Medida” extinguiendo el fraccionamiento.
    1. El libramiento de certificados de estar al corriente del pago de cualquiera de los tributos incluidos en la “Cuenta a Medida” requiere que se haya producido el pago íntegro del tributo que se trate.
    1. Duración: la “Cuenta a Medida” únicamente surtirá efectos en el año para el que se solicita.
    1. Falta de pago: Desde el momento en que el Servicio Provincial Tributario tenga conocimiento del impago de uno de los plazos, quedará extinguido el fraccionamiento y se dejarán de enviar las órdenes de cargo en cuenta para el pago de las ulteriores fracciones. En dicho momento el régimen de los tributos hasta entonces fraccionados pasará a ser el general con los periodos de cobranza que correspondan en periodo voluntario. Si hubiera vencido el periodo voluntario se procederá para el cobro en periodo ejecutivo y vía de apremio. Las cantidades ingresadas en el año en la “Cuenta a Medida” se aplicarán a los recibos fraccionados a criterio de la Administración, que utilizará cómo sistema de prelación el orden establecido en la relación de tributos fraccionables del punto 2 de este artículo, entendiéndose ingresados a cuenta los importes que no cubran en su integridad los recibos.

    Calendario de cobros

    CALENDARIO FISCAL AÑO 2017

    Para 2017 quedan establecidos cuatros periodos voluntarios de cobranza para el cobro de deudas de notificación colectiva y periódica que abarcan los siguientes impuestos y periodos: 


    •AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO (GESTIONA EL AYUNTAMIENTO Y RECAUDA DIPUTACION)
    •IMPUESTO DE VEHICULOS  (GESTIONA Y RECAUDA DIPUTACION)
    •IMPUESTO ACTIVADES ECONOMICAS (GESTIONA Y RECAUDA DIPUTACION)
    •IMPUESTO BIENES INMUEBLES (GESTIONA Y RECAUDA DIPUTACIÓN)

    PRIMER PERIODO DE COBRANZA: del 1 de enero al 28 de febrero
    •AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO 4º Y 5º BIMESTRE DE 2016.

    SEGUNDO PERIODO DE COBRANZA: de 1 de abril al 31 de mayo
    •AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO 6º BIMESTRE DE 2016.
    •IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS (IVTM) EJERCICIO 2017.

    TERCER PERIODO DE COBRANZA: de 1 de julio al 31 de agosto
    •AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO 1º Y 2º BIMESTRE DE 2017.

    CUARTO PERIODO DE COBRANZA: de 1 de septiembre a 20 de noviembre
    •IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS EJERCICIO 2017.
    •AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO 3º BIMESTRE DE 2017.
    •IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES EJERCICIO 2017.

    Contactos e información

    Teléfono de contacto Ayuntamiento de Monachil 958 301 230

    Teléfonos de contacto Servicio Provincial Tributario:

    OFICINA LA ZUBIA

    C/ PLAZA DE LAS MARINAS, ED. LAS MARINAS, LOCAL N. º 2
    18140 - LA ZUBIA (GRANADA)
    (ZONA CONOCIDA COMO PLAZA DE SAN PEDRO, con dirección Gojar)
    TEL: 958 59 15 32   (Dirección Plaza de San Pedro)
    FAX: 958 59 17 77
    E-mail:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

    OFICINA DE PLAZA MARIANA EN GRANADA

    PLAZA MARIANA   N. º 7
    18009 - (GRANADA)
    TEL: 958 24 73 41 -  958 24 73 63 - 958 24 74 98
    FAX: 958 24 73 61
    E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.